El Grupo Parlamentario de Acción Nacional presento en voz del coordinador de los diputados Gildardo Real Ramírez iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones al código penal para el Estado de Sonora con el objeto de hacer adecuaciones relacionadas a la legítima defensa como causal de exclusión del delito.
«Para Acción Nacional, es de importancia proponer e impulsar acciones encaminadas a combatir la corrupción y la delincuencia», por ello, el legislador señalo «estamos comprometidos a buscar políticas públicas de seguridad para los ciudadanos es momento de eliminar acciones que no han funcionado y trabajar en acciones reales».
El gran pendiente de los gobiernos estatal y municipales en Sonora es la seguridad pública. En Sonora, los ciudadanos viven con miedo no sólo de ser víctimas de la delincuencia sino de la impunidad en la que operan los delincuentes en nuestras ciudades.
En Sonora sólo en 2017 se perpetraron 113 mil robos a casa habitación. Es decir, el 13.8 por ciento de todos los delitos en el estado.
Las pérdidas materiales por cuenta de los robos a los hogares de los sonorenses asciende a 3 mil 989 millones de pesos.
De 2015 a 2018 los robos a negocio con violencia crecieron un 489% de acuerdo al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. 2018 fue un año récord en Sonora en este tema. En ese mismo año, el 52% de los robos a casa habitación fueron ejecutados con lujo de violencia y en negocios, el alarmante 82 por ciento de los delitos se perpetraron en esta modalidad.
Vivimos además en un entorno de impunidad casi absoluta. Sólo el 7% de los delitos ocurrido en Sonora se denuncian porque el 93% de las víctimas tienen miedo a ser delatados por las autoridades.
El legislador señaló: “Existe presunción legal de la defensa legítima salvo se pruebe lo contrario, por el hecho de causar daño físico e incluso prive de la vida a quien por cualquier medio se introduzca a los límites de un inmueble, sin derecho o autorización del propietario que tenga obligación de defender, al sitio donde se encuentren bienes propios o ajenos con los que exista la misma obligación, o bien, lo encuentre en alguno de aquellos lugares en circunstancias tales que revele la posibilidad de una agresión”.
Por ello, “el derecho a la legítima defensa es condición indispensable de las personas libres, y todo estado que limita esta facultad más allá de ciertos límites, erosiona al hacerlo su legitimidad democrática y su existencia misma como garantía de los derechos de cada ciudadano.
Fuente: GPPAN
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