Se busca atacar actos reprobables en los que se expone a un mayor número de individuos, en este caso menores o quienes no tuvieren la capacidad de comprender el significado del hecho, con una penalidad que va de seis a trece años de prisión.
Hermosillo, Son.- Por considerar que el combate a la drogadicción debe ser de acción urgente y a través de medidas contundentes, el Congreso del Estado aprobó la creación de un tipo penal para castigar a quien obligue, procure, facilite, induzca, fomente, propicie, promueva o favorezca el consumo de sustancias por parte de un menor de edad en campos deportivos, parques recreativos y áreas verdes.
Se busca atacar actos reprobables en los que se expone a un mayor número de individuos, en este caso menores o quienes no tuvieren la capacidad de comprender el significado del hecho, con una penalidad que va de seis a trece años de prisión, y de cuarenta a trescientas unidades de medida y actualización, mediante la adición de un párrafo al Artículo 168 del Código Penal para el Estado de Sonora.
Las comisiones de Salud y de Justicia y Derechos Humanos dictaminaron la iniciativa presentada el 21 de abril de 2016 por el diputado Carlos Manuel Fu Salcido, quien aquella ocasión manifestó su preocupación por este tipo de hechos que además lesionan el núcleo familiar y social, y que afectan de manera general a toda la sociedad, afirmó.
“El combate a la drogadicción debe ser de acción urgente y a través de medidas contundentes, haciendo especial énfasis en atacar aquellos reprobables actos en los que se expone a un mayor número de individuos, como es el caso de las áreas públicas, campos deportivos, parques recreativos, jardines y áreas verdes”, establece la exposición de motivos del dictamen que leyó el legislador.
En la Ley de Salud se amplían las obligaciones del Ejecutivo del Estado y de los 72 ayuntamientos, en materia de prevención de la drogadicción, y se agrega la obligación de que procedan a la instalación de un sistema de comunicación visual, a través de señales que indiquen que las áreas públicas, campos deportivos, parques recreativos, jardines y áreas verdes, son espacios o zonas libres de drogas, sustancias inhalantes, drogas, narcóticos y sustancias tóxicas.
Lo anterior en función del desarrollo óptimo de los menores de edad o de incapaces, puesto que la finalidad es la prevención y educación visual, agrega el dictamen aprobado por unanimidad.
En el desarrollo de esta sesión ordinaria, la Presidencia turnó a la Comisión de Salud la iniciativa presentada por las diputadas María Cristina Gutiérrez Mazón y Angélica María Payán García, con proyecto de decreto que reforma la fracción II del Artículo 50 de la Ley de Salud para el Estado de Sonora.
Las legisladoras propusieron adicionar a los estudios que se realizan a los recién nacidos en el Estado, el tamiz cardiológico, a fin de prevenir mediante tratamiento oportuno enfermedades cardiológicas en éstos. Se trata de una prueba o estudio que puede detectar cardiopatías congénitas críticas en los recién nacidos.
La diputada Payán García informó ante el Pleno que en México, las cardiopatías congénitas críticas son la segunda causa de muerte infantil, en el caso de los recién nacidos, y el tercer lugar en los infantes de entre uno y cuatro años. En Sonora, de cada 26 mil niños nacidos vivos al año, 312 presentan algún tipo de cardiopatía congénita, de las cuales 62 son complejas.
También a la Comisión de Salud se envió la iniciativa presentada por el diputado Rodrigo Acuña Arredondo, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Donación y Trasplantes para Organismos Humanos y de la Ley de Salud para el Estado de Sonora, con el objeto de establecer las herramientas jurídicas que permitan a las personas que reciban la donación de un órgano humano, obtener una atención médica profesional y especializada.
Que se les dé la certeza de que serán atendidos y evaluados periódicamente, en forma posterior a la donación, con el fin de garantizar su acceso a los medicamentos y tratamientos médicos suficientes, hasta su total recuperación, sostuvo.
Con esta medida, dijo, estarían seguros de que en futuros casos de trasplantes de órganos, los receptores de los mismos cuenten con el total respaldo de las autoridades del sector salud, que les garantice, en la medida de lo posible, una adecuada recepción y funcionamiento del órgano trasplantado.
Y a la Comisión de Educación y Cultura se envió para estudio la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Educación para el Estado de Sonora, presentada por los diputados Fermín Trujillo Fuentes, Teresa María Olivares Ochoa y Rodrigo Acuña Arredondo.
Propusieron adicionar una fracción XXV al Artículo 18 que diga: “inculcar y fortalecer la cultura del cuidado del agua y su uso responsable” como una de las finalidades de la educación. Trujillo Fuentes expuso que esta Soberanía ha realizado diversas acciones legislativas, incluyendo varios puntos de acuerdo para tratar de fortalecer una cultura del cuidado del agua que, desafortunadamente, indicó, sólo existe en el papel.
“Porque la realidad nos da un duro golpe cuando necesitamos patrullas del agua para castigar el uso irresponsable, cuando vemos fugas en la red de agua potable que dura varios días y hasta meses sin ser atendida, cuando vemos una escasa inversión para modernizar nuestra infraestructura hídrica”, expresó.
Junto con la iniciativa, los legisladores presentaron dos propuestas con punto de Acuerdo, las cuales se aprobaron. La primera para que este Poder Legislativo presente ante el Congreso de la Unión una iniciativa de decreto que adiciona una fracción XVII al Artículo 7° de la Ley General de Educación.
El segundo Acuerdo resuelve exhortar a la titular del Poder Ejecutivo en el Estado, a fin de que incluya dentro de los planes y programas de estudio de educación básica y media superior, materias que inculquen y fortalezcan la cultura del cuidado del agua y su uso responsable.
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