Hasta una pena máxima de 65 años enfrentarán quienes incurran en el delito de feminicidio, aprobó el Pleno del Congreso del Estado, a la par de otro Decreto que adiciona la Ley del Registro Civil, a efecto de que las actas que expida la autoridad registral no estén sujetas a plazo alguno, con lo cual estos documentos no perderán su valor con el paso del tiempo.

Ambos decretos fueron dictaminados por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, el primero con base a una iniciativa presentada recientemente por el diputado Carlos Navarrete Aguirre, mientras que el segundo lo presentó el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, el 8 de octubre de 2019.

El dictamen con proyecto de Decreto que reforma el Artículo 263 BIS-1 del Código Penal para el Estado de Sonora establece, entre los considerandos, que los datos duros de la Secretaría de Seguridad Pública dejan en evidencia que desde el establecimiento de la figura del feminicidio, esta conducta de extrema violencia hacia las mujeres no ha disminuido, sino que se ha incrementado.

“Cabe destacar que la diferencia entre la cantidad de casos de feminicidio y homicidio doloso en contra de mujeres es muy pequeña, presentándose números muy similares entre uno y otro ilícito, siendo en 2016 cuando ambos presentaron la misma cantidad de manifestaciones, mientras que en 2017 y 2018 se presentó de manera preocupante una cantidad mayor de feminicidios que de homicidios dolosos, donde la víctima era mujer, pero no se actualizaba ningún supuesto que acreditara que era homicidio por razones de género”, destaca el considerando.

Ante este panorama es que la Comisión de Justicia y Derechos Humanos dictaminó el proyecto que propone incrementar la pena de prisión mínima a 45 años y la máxima a 65 años, más multa de mil a mil quinientas Unidades de Medida y Actualización. Actualmente, el Código Penal establece una penalidad mínima de 30 años y una máxima de 60 años.

En el segundo Decreto que aprobó la asamblea se establecerá en la Ley del Registro Civil que la vigencia de las actas de nacimiento y las copias certificadas de las mismas, que expida la autoridad registral, no estarán sujetas a plazo alguno, con lo cual se garantizará no sólo el derecho de las personas a contar con un documento que acredite su identidad, sino que no perderán su valor con el paso del tiempo.

La Comisión de Justicia y Derechos Humanos propuso adicionar un Artículo 52 BIS a la referida legislación, con base a una iniciativa del grupo parlamentario del PAN, que argumentó la necesidad de que los elementos de identidad que son plasmados en las actas del Registro Civil, deben mantenerse vigentes, sin importar la fecha en la que hayan sido emitidas.

El acta de nacimiento o sus certificaciones expedidas por el Registro Civil del Estado de Sonora no tendrán fecha de vencimiento o caducidad, por lo que las instituciones de carácter público o privado, instituciones educativas de cualquier nivel escolar, así como en los centros de trabajo, deberán de tomar como válidas para cualquier trámite, acto o forma de identificar con la simple presentación de la certificación expedida por el Registro Civil, independientemente de la fecha en que fue emitida, establece la adición.

Y agrega que será siempre y cuando dicho documento se encuentre en buen estado, sea legible, no presente alteraciones visibles y puedan distinguirse los elementos de identificación a que se refiere el Artículo 52 de la Ley del Registro Civil.

En esta sesión ordinaria, el Pleno aprobó un Acuerdo que resuelve exhortar al Comisionado Ejecutivo de la Comisión de Ecología y Desarrollo Sustentable del Estado de Sonora, así como a los 72 presidentes municipales, con el objeto de que la producción total de plantas en los viveros estatales y municipales sea cien por ciento nativas, y que la selección de las especies reproducidas sea acorde a las condiciones climáticas de las diferentes regiones del Estado.

El diputado Luis Mario Rivera Aguilar propuso que a dicho Comisionado, junto con la titular de la Coordinación de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, CIDUE, del Ayuntamiento de Hermosillo, se les exhorte para que las instancias encargadas de llevar a cabo las actividades de planeación urbana y reforestación, utilicen, incentiven y promocionen obligatoriamente las especies nativas en espacios públicos y privados.

Un tercer punto dentro del Acuerdo aprobado establece exhortar a ambos funcionarios, a fin de que promuevan, incentiven y lleven a cabo convenios de colaboración tripartita, entre gobierno estatal, municipal y organizaciones de la sociedad civil, para la producción y plantación anual mínima de 20 mil plantas nativas destinadas a la reforestación urbana, de manera permanente.

Fuente: Congreso

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