Como integrante del Constituyente Permanente Federal, el Poder Legislativo de Sonora aprobó la Minuta con proyecto de Decreto que reforma la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de prisión preventiva oficiosa, al ampliar el catálogo de delitos que ameritan esta medida automática y que atentan arduamente contra el bienestar y el tejido social.
Los delitos que se adicionan al catálogo de los considerados como graves son: uso de programas sociales con fines electorales, enriquecimiento mediante actos de corrupción, robo de hidrocarburos, feminicidio, abuso sexual contra menores, robo a casa habitación, robo al transporte de carga, desaparición forzada de personas y cometida por particulares, e ilícitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.
El Congreso del Estado de Sonora se une a las legislaturas de Campeche, Chiapas, Colima, Querétaro, Tlaxcala, Estado de México, Hidalgo, Baja California Sur, Sinaloa, Quintana Roo, Puebla, Ciudad de México, Tabasco, Guanajuato, Veracruz y Guerrero que hasta hoy habían aprobado la Minuta remitida por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales presentó al Pleno el dictamen con el Acuerdo que contempla en todas y cada una de sus partes la reforma al Artículo 19 de la Constitución Federal, la cual se aprobó por mayoría. En contra votaron los diputados que integran los grupos parlamentarios del Partido Acción Nacional y de Nueva Alianza.
Los argumentos en general en pro de la minuta presentada por la dictaminadora establecen que la prisión preventiva oficiosa no es una medida punitiva, sino una medida cautelar, que tiene como objetivo evitar que las personas imputadas puedan sustraerse de la acción de la justicia o manifiesten una conducta que haga presumible su riesgo social, la cual no se establece de manera arbitraria ni inmediata a la detención.
El diputado Jesús Eduardo Urbina Lucero manifestó que su voto sería en contra y presentó una serie de argumentaciones con fundamento en lo que establecen la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la ONU y Amnistía Internacional, en sus posturas en contra de la prisión preventiva oficiosa.
“Lo que se está discutiendo aquí es el apego al estado de derecho o no apego al estado de derecho. Defender la prisión preventiva oficiosa es defender la afectación a los derechos humanos, es defender que el debido proceso no sea llevado a cabo y que la presunción de inocencia sea olvidada”, aseveró.
Fuente: Congreso
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