Sí sirven las organizaciones de la sociedad civil

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Jacqueline Peschard

A Tonatiuh Guillén, ejemplo de integridad y congruencia.

En países como el nuestro, marcados históricamente por la lacerante desigualdad, la recaudación fiscal debe ser una herramienta en manos del Estado para impulsar una mejor redistribución del ingreso. Lamentablemente ese no ha sido el caso y tenemos baja recaudación –en 2016, lo recaudado fue apenas el 14.4 por ciento del PIB– y una mala redistribución de dichos recursos. Por ello, es importante traer a cuento las amnistías fiscales y el empeño de algunas organizaciones de la sociedad civil (OSC) para que se transparente a quienes se les condona o cancela un crédito fiscal y por qué montos. 

De acuerdo con el artículo 146-A del Código Fiscal de la Federación, el SAT puede cancelar un adeudo fiscal porque cobrarlo es incosteable, o porque el deudor es insolvente, con objeto de lograr una recaudación inmediata; se perdona lo previo para cobrar ya. Sin embargo, esta práctica se ha desarrollado en total opacidad, pues la autoridad ni da a conocer a quiénes otorga el perdón fiscal, ni a cuánto asciende la cantidad que se deja de cobrar en cada caso, con el argumento de que a los contribuyentes los protege el secreto fiscal.

En efecto, el artículo 69 del Código Fiscal establece dicha protección, pero una de las excepciones (fracción VI) es haber accedido a la condonación de algún crédito fiscal, en cuyo caso se conocerá el nombre y razón social de quién lo obtuvo. 

Ya desde 2010, ante una solicitud de información, rechazada por el SAT, sobre los créditos fiscales cancelados en 2007, que ascendían a más de 70 mil millones de pesos, el entonces IFAI resolvió que debían transparentarse los datos de las personas físicas o morales beneficiadas y los montos asociados, por ser un asunto de interés público. El argumento central era que los impuestos que no se cobran implican una merma al erario, es decir, un gasto gubernamental indirecto. 

Desde entonces, Fundar, Centro de Análisis e Investigación ha interpuesto recursos de revisión ante el INAI, quien siempre ha resuelto a favor de transparentar los adeudos fiscales condonados o cancelados, pero sólo se ha tenido acceso a los nombres y no a los montos involucrados. En su reporte titulado ‘Privilegios fiscales, beneficios inexplicables para unos cuantos’, Fundar muestra que en 2013 el SAT condonó impuestos a 46 empresas por una cantidad de más de 80 mil millones de pesos y, aunque un juez resolvió a favor de difundir los datos, sólo se ofrecieron los nombres.

Recientemente, tanto Fundar como Animal Político y Artículo 19, ganaron amparos para que el SAT dé a conocer dichas cantidades, pero el sector privado ha recurrido a tribunales para impedir que se revelen los datos, invocando el secreto fiscal y todavía están en espera de que los jueces resuelvan. 

A finales de mayo pasado, el presidente López Obrador firmó un decreto para terminar con la condonación de impuestos a grandes contribuyentes, lo que llamó “huachicoleo de cuello blanco”, pues de acuerdo con el SAT, entre 2007 y 2018 se dejaron de recaudar más de 400 mil millones de pesos por dicho concepto y sólo 108 contribuyentes absorbieron el 54 por ciento de dicha suma, lo que demuestra la concentración que existe al conceder amnistías fiscales. 

La medida presidencial parece pertinente, porque las mejores prácticas internacionales señalan que las amnistías fiscales deben ser excepciones para no incentivar la evasión fiscal y para que no repercutan negativamente en la confianza hacia las autoridades y, en cambio, puedan servir para apoyar a personas con baja capacidad contributiva y para alentar a que los morosos se pongan al corriente de sus obligaciones fiscales. 

Tal como las OSC lo han demandado por vías institucionales y judiciales, lo que es urgente es que la autoridad hacendaria cumpla con transparentar condonaciones y cancelaciones de adeudos fiscales, para que exista un control social sobre ellas y no se usen, como hasta ahora, para ocultar privilegios de los grandes contribuyentes. El secreto fiscal es una barrera frente a intromisiones indebidas del poder público en el patrimonio de particulares; no debe ser una medida para fomentar la complicidad entre el poder e intereses privados.

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