El Instituto Nacional Electoral (INE) presentó este miércoles ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una controversia constitucional contra el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) 2019, aprobado por la Cámara de Diputados en diciembre pasado, por considerar que la reducción de 950 millones de pesos, efectuada al presupuesto originalmente planteado, representa una clara vulneración a la autonomía e independencia del Instituto.
La drástica reducción presupuestal determinada por el Legislativo impide que el INE, de forma independiente y autónoma, participe en la organización de los procesos electorales que se realizarán este año en Baja California, Durango, Aguascalientes, Quintana Roo y Tamaulipas, con lo cual se vulnera el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de la ciudadanía en esas entidades; expida millones de credenciales para votar gratuitamente; fiscalice los recursos de los partidos políticos y las candidaturas; monitoree las transmisiones de radio y televisión, o bien, que cumpla con otras obligaciones constitucionales y legales.
En noviembre pasado, el Consejo General del INE aprobó el Anteproyecto de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal del año 2019 más bajo de su historia, manteniendo así su política de austeridad y sensibilidad social, pero cuidando que los recursos solicitados fueran los necesarios y suficientes para el cabal cumplimiento de todas sus atribuciones, a fin de lograr la función esencial que la Constitución le confiere.
Incluso, en dicho anteproyecto, en ejercicio de su autonomía, se previeron reducciones a las remuneraciones reales netas de las y los consejeros electorales, así como de funcionarios de mando de primer nivel, cuidando en todo momento que se cumpliera con las disposiciones constitucionales y legales aplicables.
No obstante, desconociendo dicho ejercicio, la Cámara de Diputados aprobó el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019, en el que contempló una reducción de 950 millones de pesos con respecto a lo solicitado.
En el decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación no hay una sola explicación ni fundamentación al recorte impuesto al INE, sino que el monto se remite a un anexo. Cabe decir que la disminución adicional de recursos a la autoridad electoral por parte de la Cámara de Diputados ocurre en un contexto de aumento del gasto público: en términos nominales el Presupuesto de Egresos aumentó en 2019 en 10.6% respecto a 2018, y en términos reales, descontando la inflación, el incremento fue de 5.6%.
Ante ello, conscientes del riesgo institucional en el que se colocó al INE, las y los consejeros electorales se dieron a la tarea de analizar las consecuencias jurídicas y operativas a enfrentar.
En ese sentido, se tomó la decisión de seguir la ruta que traza el Estado de derecho y, en apego a lo dispuesto por el artículo 105 de la Carta Magna, promover ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una controversia constitucional en contra del PEF, por la vulneración a la autonomía e independencia del Instituto que se deriva del recorte presupuestal.
El INE considera que la Cámara de Diputados no puede válidamente realizar una reducción presupuestaria que, sin justificación, motivación ni fundamentación alguna, sin un análisis de las consecuencias e implicaciones que supone y sin estar en un contexto de reducción del presupuesto público general, impida al INE el ejercicio de sus funciones, pues ello claramente viola su autonomía financiera y su independencia económica, sometiéndolo a la necesidad de dejar de cumplir con sus obligaciones, o bien, gestionar ampliaciones presupuestales con el gobierno federal.
De igual forma, en la controversia constitucional se plantea la invasión a la esfera competencial del INE por parte de la Cámara de Diputados, al establecer aspectos inherentes a las condiciones de trabajo de las y los servidores públicos, las cuales se rigen por lo que establece la ley electoral y el Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y de la Rama Administrativa.
Al modificar en el PEF 2019 los tabuladores que el Instituto había aprobado en ejercicio de su autonomía y con pleno respeto al artículo 127 constitucional, así como a las demás normas que rigen sus remuneraciones, se obligaba al INE a vulnerar derechos humanos de sus trabajadores y trabajadoras.
La decisión del INE de promover de dicho medio de control constitucional, siempre respetuoso de las instituciones, busca que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como último intérprete de la Constitución, establezca y delimite el ámbito de aplicación de las normas y actos mencionados, en relación con la autonomía que la propia Norma Suprema reconoce y confiere, de manera expresa, al Instituto Nacional Electoral.
Fuente: INE
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